viernes, 20 de noviembre de 2009

Vacaciones

Después de haber recibido números preguntas sobre el disfrute de las vacaciones dentro del año y los 3 primeros meses del año siguiente vamos a intentar explicar la cuestión.

Según dice la empresa, la cual vaya de mano lo ha estado haciendo mal por su parte durante los años anteriores, las vacaciones deben disfrutarse durante el año natural a excepción como dice el articulo 45.4 del convenio de seguridad "En los casos en que un trabajador se encuentre en situación de I.T., iniciada con anterioridad al momento en que estuviera previsto comenzar su período de vacaciones, se aplazarán estas disfrutándose cuando el servicio así lo permita. En caso de no poder disfrutarlas dentro del año natural, lo hará durante el primer trimestre del año siguiente al devengo de las mismas".
De acuerdo a este articulo la empresa tiene razón en hacerlo como lo esta haciendo, pero creo que todos estamos de acuerdo, en que no son las formas correctas el intentar arreglar una cosa que llevan haciendo mal durante años hacerlo sin hablar y en el mes de noviembre.
De todos modos los trabajadores estamos en nuestro derecho de exigir a la empresa el conocer las fechas que le correspondan como vacaciones a cada uno dos meses antes al menos del comienzo del disfrute.

1 comentario:

  1. Estoy de acuerdo en que la empresa tiene el derecho de exigir el cumplimiento de las vacaciones antes de finalizar el año.Pero cuando su argumento para otras cuestiones es "la empresa tiene por costumbre...",aunque esa costumbre se salte la ley,el estatuto de los trabajadores y la razon,deberia ser al menos coherente, ya que los años anteriores, muchos hemos cogido las vacaciones o parte de ellas de Enero a Marzo del año siguiente.

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